Errores más frecuentes a la hora de recibir una herencia

Pensar que, porque fuimos nombrados herederos en un testamento, no necesitamos hacer nada más que recibir los bienes y no hacer más trámites.

No acudir a la asesoría de un abogado experto en asuntos familiares o al notario cuando muere un familiar, padres, abuelos cónyuge, etc.

No cerciorarnos debidamente si nuestro familiar hizo o no testamento y el que conocemos efectivamente fue el último y por lo tanto el válido.

No saber cuáles las responsabilidades y obligaciones de un albacea, qué hace y a qué tiene derecho y qué puede pasar si no acepta el cargo si fue nombrado en un testamento como tal.

El albacea es la persona designada por el testador, los herederos, o por un juez, y se encarga de tareas como la presentación del testamento, el aseguramiento y administración de los bienes de la herencia, la formación de inventario y la partición y adjudicación de bienes, entre otras.

Para ser albacea es necesario tener capacidad para la libre disposición de los bienes.

Si el testador no dejó albacea serán los herederos quienes elijan quién ocupará el cargo de albacea.

Si un albacea renuncia sin justa causa, perderá lo que hubiere dejado el testador.

No saber qué impuestos se deben de pagar si recibimos un inmueble en herencia o si queremos ceder nuestros derechos hereditarios a alguien más.

El heredero de un inmueble debe pagar un impuesto que se llama Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles o Impuesto de Traslación de Dominio para recibir la propiedad que recibió en herencia.

Este impuesto se genera al haber una transmisión inmobiliaria.

Cuando se recibe un inmueble por herencia es necesario distinguir aspectos como la ubicación, porque hay entidades como la Ciudad de México, Nuevo León y Coahuila donde no se causan impuestos por recibir bienes inmuebles por herencia, mientras que en otros estados sí se grava.

Por ejemplo, cuando alguien recibe por herencia un inmueble en el Estado de México, deberá pagar el impuesto que se paga por comprar una vivienda en esa zona, o sea, el ISAI.

Asimismo, tiene que ver el valor del inmueble, si lo que se va a adjudicar está dentro de cierta cantidad establecida, se puede estar exento del ISAI por muerte, pero si se rebasa esa cantidad, deberá gravarse.

¿Qué pasa si aceptamos una herencia, también estamos obligados a pagar las deudas del difunto?

Las herencias se reciben a beneficio de inventario, o sea, cuando una persona muere se debe hacer un inventario tanto de sus bienes, como de sus deudas.

Si uno acepta la herencia, acepta los bienes y también la herencia.

Pero, no se está obligado a pagar las deudas más allá del valor de los bienes que reciba.

Ejemplo: Si heredó 100 pesos y el autor de la herencia debía 150, sólo estoy obligado a pagar 100.

¿Qué pasa si entre los herederos hay menores de edad o incapaces?

En Este caso la sucesión se tiene que hacer forzosamente ante un juez de lo familiar y con intervención del ministerio público para proteger los bienes de las personas y los intereses de los menores.

Si se trata de alguien que no tenga un tutor, el juez debe determinar un tutor o los padres.

Si un heredero muere antes que el testador o no quiere o no puede aceptar la herencia ¿qué sucede?

Cuando un heredero muere antes que el testado o no quiere la herencia, entonces entraran los herederos sustitutos, por eso es súper importante que en un testamento haya herederos sustitutos.

¿Qué pasa si el papá o mamá de una familia murió sin hacer testamento y uno de sus hijos falleció antes que él, pero dejó descendencia (nietos del papá o mamá), qué pasa con su parte?

En este caso, la parte del faltante, si dejo hijos, pasa a sus propios hijos

A esto se le llama la estirpe del faltante.

Cada hijo de la persona muerta hereda por cabeza y los nietos heredan por estirpe y se dividen sus partes proporcionalmente.

¿Qué pasa si en un testamento no se nombran herederos sustitutos?

Se siguen las reglas de la ley como si hubiera muerto intestado entonces, se tiene que ver quiénes son los parientes más próximos y a ellos les tocaría heredar.

Si una persona muere sin hacer testamento y tiene esposa e hijos ¿cómo se reparte la herencia?

La ley dice que la esposa o el esposo heredan la parte que le corresponda a un hijo.

Si hay 3 o 4 hijos y hay un esposo o esposa, entonces la herencia se divide en 4 ó 5 partes. Sin embargo, si la esposa tiene bienes propios que rebasan la parte que le tocaría como hijo, entonces no hereda.

Si muere sin testamento y no tiene padres, ni esposa ni hijos, ¿quién tiene derecho a heredar?

Tienen derecho a heredar los hermanos, los abuelos, los medios hermanos, los sobrinos, los tíos y hasta los primos.

¿Cuándo puede darse el caso de que el gobierno se quede con los bienes de una persona fallecida?

Cuando alguien muere sin testamento y no tiene ni padre, madre, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, hermanos, tíos, primos, o sea, no tiene parientes hasta el cuarto grado, entonces sí puede entrar la beneficencia pública a heredar.

Porque los bienes de acuerdo con la ley, no se pueden quedar sin un titular.

Esto se da en muy raros casos y muy pocas veces.

Fuente: marthadebayle.com

Lic José Eugenio Castañeda

Titular de la notaría 211 de la Ciudad de México